DECRETO 385/2024 – PODER EJECUTIVO NACIONAL

HDSEditor02 | 28/06/24 | Newsletters, Sin categorizar

Por el Decreto 385/2024 se modifica el Decreto 99/2019, a los fines de extender el alcance del impuesto PAÍS a las compras de billetes y divisas en moneda extranjera para la distribución de utilidades y dividendos y para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de tales conceptos recibidos desde el 1 de septiembre de 2019, inclusive, así como también a las suscripciones de BOPREAL que sean efectuadas a tales fines.

El Capítulo 6 del Título IV de la Ley N° 27.541 introdujo el impuesto PAÍS, delineando las operaciones sujetas a gravamen, que incluyen la compra de billetes y divisas en moneda extranjera por parte de residentes en el país. Esta disposición inicial ha sido ampliada y ajustada en sucesivos decretos para abordar diversas operaciones financieras y comerciales.

A través del Decreto N° 682 del 12 de octubre de 2022, se incorporó al régimen la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para el pago de obligaciones por la adquisición de servicios personales, culturales y recreativos en el exterior, así como por la importación de ciertas mercaderías. Posteriormente, el Decreto N° 377 del 23 de julio de 2023 extendió la aplicación del impuesto a operaciones adicionales, como la compra de servicios de fletes y otros servicios de transporte vinculados a importaciones y exportaciones.

Más recientemente, el Decreto N° 72 del 21 de diciembre de 2023 ha ampliado el alcance del impuesto PAÍS a las suscripciones en pesos de bonos emitidos en dólares estadounidenses por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), en el contexto de deudas por importaciones de bienes y servicios registradas hasta una fecha específica.

En este contexto, se promulga el Decreto mencionado, que expande aún más el alcance del impuesto PAÍS. La medida establece que el impuesto se aplicará a las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la distribución de utilidades y dividendos, así como para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país desde el 1° de septiembre de 2019. Además, se extiende a las suscripciones de bonos emitidos por el BCRA en pesos, destinadas al pago de utilidades y dividendos o a la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país desde la misma fecha.

Es importante destacar que estas medidas están en línea con el objetivo de incentivar la inversión nacional y promover la actividad económica en el país, al tiempo que se garantiza un marco fiscal que promueva la estabilidad y la recuperación económica.

Por último, es fundamental señalar que, de acuerdo con la Ley N° 26.122, el Congreso de la Nación tiene competencia para evaluar la validez de los decretos delegados. Por lo tanto, se espera que las decisiones tomadas en este ámbito sean objeto de análisis y debate en el Congreso, en aras de asegurar la transparencia y la legitimidad de las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo.

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