DECRETO 794/2024 – PODER EJECUTIVO NACIONAL

HDSEditor02 | 16/09/24 | Newsletters, Sin categorizar

Mediante el Decreto N° 794/2024, el Poder Ejecutivo Nacional ha aprobado la reglamentación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones, creado bajo la Ley N° 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos (en adelante, “Reglamentación”, “RIGI” y “Ley Bases”, respectivamente).

El RIGI es una iniciativa clave del gobierno para fomentar la inversión directa, tanto local como extranjera, en Argentina. Este régimen está destinado a proyectos en los sectores de foresto-industria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, y petróleo y gas (“Sectores Elegibles”). Para calificar, estos proyectos deben ser considerados “Grandes Inversiones” a largo plazo, cumplir con los requisitos de inversión mínima y otros criterios establecidos por el RIGI y su Reglamentación.

El régimen ofrece (a) incentivos fiscales, aduaneros y cambiarios; (b) un sistema de protección de derechos; y (c) un mecanismo de resolución de disputas mediante arbitraje internacional.

Entre las novedades destacadas en la Reglamentación se incluyen:

Definiciones Clarificadoras para Sectores Elegibles: Se especifican las actividades exactas dentro de cada sector. Por ejemplo, en foresto-industria se incluyen las actividades relacionadas con la madera y la reforestación; en turismo, los servicios de hospedaje; y en minería, todas las fases desde la prospección hasta la explotación de minerales.

Montos Mínimos de Inversión: Los montos mínimos de inversión se confirman como USD 200.000.000 para la mayoría de los sectores, salvo para ciertos casos específicos como la explotación de hidrocarburos off-shore, que requiere USD 600.000.000, y el transporte de hidrocarburos, que demanda USD 300.000.000. Para Proyectos de Exportación Estratégica de Largo Plazo, el monto mínimo es de USD 2.000.000.000, los cuales se refieren a iniciativas diseñadas para promover y facilitar la exportación de bienes o servicios con un enfoque a largo plazo y suelen ser parte de una estrategia más amplia para desarrollar y consolidar mercados internacionales.

Nuevas Definiciones y Condiciones: Se introducen conceptos como Proyecto Único, que permite a un solo vehículo realizar múltiples actividades, y se detallan los requisitos para ampliar proyectos existentes y para la creación de sucursales dedicadas.

Beneficios para Proveedores: Se establecen condiciones para que los proveedores de bienes y servicios con mercadería importada que colaboren con Proyectos Únicos reciban beneficios aduaneros.

Solicitud de Adhesión y Plan de Inversión: Se precisan los detalles necesarios en la Solicitud de Adhesión y el Plan de Inversión que deben presentar los interesados en el RIGI.

Incentivos y Estabilidad: Se detallan los incentivos impositivos, aduaneros y cambiarios, así como la estabilidad de estos incentivos por 30 años.

Autoridad de Aplicación y Resolución de Disputas: El Ministerio de Economía será la autoridad encargada de aplicar el RIGI. También se aclaran los procedimientos para la resolución de disputas, especificando la posible compensación por daños económicos y financieros a proyectos afectados.

Esta reglamentación tiene como objetivo facilitar la inversión y asegurar un entorno estable y protegido para los grandes proyectos en Argentina.

Para leer el reglamento hacer click

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