HDSEditor02 | 12/11/24 | Newsletters
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El Decreto N° 847/2024 reglamenta la Ley N° 27.742, conocida como la «Ley de Bases», con dos anexos clave. El Anexo I regula la promoción del empleo registrado, excluyendo el sector público y trabajadores domésticos, y establece beneficios como la condonación de deudas de aportes con descuentos según el tipo de empleador. El Anexo II aborda la modernización laboral, clarificando que la cantidad de facturas no determinará un contrato de trabajo y estableciendo un período de prueba de seis meses. También se regula el Fondo de Cese Laboral como un régimen alternativo.
El 25 de septiembre de 2024, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 847/2024, que reglamenta aspectos fundamentales de la Ley N° 27.742, conocida como la «Ley de Bases», a través de sus Anexos I y II. Este decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, el 26 de septiembre de 2024.
El Anexo I se centra en la reglamentación del Título IV de la Ley, que aborda la promoción del empleo registrado. La regularización se aplica exclusivamente a los empleadores del sector privado, excluyendo el sector público y a los trabajadores domésticos. Las obligaciones a regularizar son aquellas devengadas hasta el 31 de julio de 2024, y los empleadores tendrán un plazo de 90 días corridos, a partir de la entrada en vigencia del decreto, para regularizar las relaciones laborales con sus empleados.
El decreto también establece beneficios que pueden obtener los empleadores, siempre que cumplan con ciertas condiciones. Estos beneficios incluyen la extinción de la acción penal, la baja en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y la condonación de deudas relacionadas con aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social. Los porcentajes de condonación varían según el tipo de empleador: las micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro pueden acceder a un 90% de condonación; las medianas empresas, tanto del tramo 1 como del tramo 2, a un 80%; y otros empleadores, a un 70%. Sin embargo, las deudas originadas en la falta de pago de aportes bajo regímenes previsionales diferenciales quedan excluidas de esta condonación. También se establece una condonación del 100% para deudas de aportes al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen de Riesgos del Trabajo. Para acceder a estos beneficios, los empleadores deberán cancelar la deuda no condonada, ya sea de manera inmediata, obteniendo un 50% de descuento adicional, o mediante un plan de facilidades de pago.
El Anexo II aborda la reglamentación del Título V de la Ley de Bases, que se enfoca en la modernización del ámbito laboral. Se aclara que la cantidad de facturas emitidas por un contratista no será relevante para determinar la existencia de un contrato de trabajo, lo que implica que se considerará la relación laboral según otros criterios. Además, se establece un nuevo período de prueba de seis meses, aplicable a todas las relaciones laborales que inicien a partir de la entrada en vigencia de la Ley de Bases, el 9 de julio de 2024.
Por último, se regulan aspectos relacionados con el Fondo de Cese Laboral, que se plantea como un régimen alternativo al estipulado en la ley de Contrato de Trabajo y que podrá ser acordado en Convenios Colectivos de Trabajo. Se definen parámetros y principios que abarcan su alcance, modalidades de pago, opciones para empleadores y trabajadores, así como la posibilidad de implementar múltiples sistemas de fondos.
En resumen, el Decreto N° 847/2024 introduce cambios significativos en la regulación laboral en Argentina, buscando fomentar la regularización del empleo registrado y modernizar las relaciones laborales. A través de beneficios específicos y condiciones claras, se espera incentivar a los empleadores a regularizar sus situaciones y fomentar un entorno laboral más formal y organizado.
Para leer el reglamento hacer click.