HDSEditor02 | 12/11/24 | Newsletters
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El Decreto N° 780/2024 modifica la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública, limitando la definición de “información pública” al requerir un interés público justificable para validar solicitudes. Además, amplía las excepciones para denegar acceso, aumentando la discrecionalidad de las entidades en el manejo de solicitudes. También establece que los solicitantes deben proporcionar datos personales mínimos, lo cual podría afectar la privacidad y desalentar solicitudes anónimas. Estas modificaciones podrían reducir la transparencia gubernamental y dificultar el acceso ciudadano a la información.
El Poder Ejecutivo Nacional ha realizado importantes modificaciones a la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública mediante el Decreto N° 780/2024, el cual está en vigencia desde el 2 de septiembre de 2024. Este decreto introduce cambios que impactan la manera en que se puede solicitar y acceder a la información pública en el país.
Las principales modificaciones introducidas son restricciones en la definición de Información Pública: Se ha limitado la definición de “información pública” y “documento”, enfatizando que para que una solicitud de acceso sea válida, debe existir un interés público comprometido que justifique dicha solicitud. Esta modificación busca asegurar que el acceso a la información esté fundamentado en razones de interés colectivo, reduciendo así las solicitudes que podrían considerarse irrelevantes o abusivas.
Ampliación de Excepciones para Denegar Acceso: Se han ampliado las excepciones que permiten a los sujetos obligados negar el acceso a la información pública. Estas excepciones, que antes podían ser más restringidas, ahora permiten una mayor discrecionalidad en la evaluación de las solicitudes, lo que podría dificultar el acceso a cierta información que, aunque pública, podría ser considerada sensible o que comprometa otros intereses.
Requisitos de Información Personal para Solicitantes: Se establece la necesidad de que los solicitantes proporcionen ciertos datos personales mínimos al momento de solicitar información pública. Este requisito puede tener como objetivo facilitar la gestión de las solicitudes, aunque también podría generar preocupaciones sobre la privacidad y la protección de datos personales.
Estas modificaciones reflejan un enfoque más restrictivo hacia el acceso a la información pública, lo que podría limitar la transparencia y la rendición de cuentas que la ley originalmente pretendía fomentar. La exigencia de un interés público y la ampliación de excepciones para denegar solicitudes podrían hacer que el proceso de acceso a la información sea más complicado para los ciudadanos y organizaciones que buscan datos relevantes para su labor.
Además, la necesidad de proporcionar información personal podría desalentar a algunos solicitantes, especialmente aquellos preocupados por la privacidad o que desean permanecer en el anonimato.
El Decreto N° 780/2024 representa un cambio significativo en la manera en que se regula el acceso a la información pública en Argentina. Si bien se pueden argumentar razones para estas modificaciones, es fundamental evaluar su impacto en la transparencia gubernamental y en el derecho de los ciudadanos a acceder a información que debería ser de carácter público. Es crucial que se mantenga un equilibrio entre la protección de información sensible y el derecho del público a estar informado sobre las acciones y decisiones del gobierno.
Para leer el reglamento hacer click.