HDSEditor02 | 13/07/23 | Newsletters
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Uso del servicio TAO y las disposiciones normativas para su utilización.
Mediante la Resolución General 5379/202, publicada en el Boletín Oficial el día 27 de junio del 2023, se introduce el servicio de Tramitación Automática de Oficios (TAO) de la AFIP como nueva herramienta informática para la recepción, gestión y respuesta automática de oficios judiciales cursados a este organismo. A fin de acceder al servicio, los usuarios deberán tener Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 o superior.
El servicio citado podrá ser utilizado por letrados patrocinantes y/o apoderados para la tramitación de oficios judiciales en AMBA que comprende a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Avellaneda, Lanús, Quilmes, Lomas de Zamora, La Matanza, Moreno, General Rodríguez, Morón, San Isidro y San Martín. Progresivamente se extenderá a otras jurisdicciones del país.
Este servicio puede utilizarse de manera alternativa a los medios tradicionales para recibir y tramitar oficios. Los letrados y apoderados que decidan utilizarlo, se someten a las disposiciones de esta norma.
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