HDSEditor02 | 09/10/20 | Newsletters
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Se dejó sin efecto la aprobación de las ternas resultantes del proceso de selección de los integrantes de la Autoridad Nacional de la Competencia.
A través de la Resolución 527/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo, se declaró de nulidad absoluta todo lo actuado en el marco del procedimiento de selección de los integrantes de la Autoridad Nacional de la Competencia, dejándose sin efecto las actuaciones labradas en consecuencia, ya que se advirtieron vicios en el procedimiento al realizarse la revisión del Ministerio de Desarrollo Productivo. Entre ellos, se encuentran: (i) la desvinculación total del procedimiento de selección del presidente del Tribunal; (ii) la modificación de las grillas de valoración de antecedentes de los aspirantes; y (iii) que las ternas conformadas al efecto tenían dos postulantes en común, de lo que surge que se elevaron a cuatro preseleccionados para dos puestos.
Habiendo imposibilidad de subsanar el procedimiento, el Ministerio de Desarrollo Productivo declaró la nulidad de todo lo actuado y dejó sin efecto la convocatoria realizada.