Estas modificaciones incluyen:
- Restricciones para los AN, que ahora tienen prohibido participar en la colocación primaria y negociación secundaria del mercado de capitales local a través de sistemas informáticos de negociación de mercados autorizados por la CNV como clientes de intermediarios y entidades extranjeras, tanto para su cartera propia como para terceros clientes.
- Establecimiento de nuevas normas y limitaciones para las ALyC, aplicables tanto a su propia cartera como a terceros clientes.
- Redefinición de las actividades permitidas para los AAGI, que ya no podrán realizar operaciones en la negociación secundaria del mercado de capitales local a través de sistemas informáticos de mercados autorizados por la CNV mediante intermediarios o entidades extranjeras, ni para su cartera propia ni para terceros clientes.
- Introducción de pautas adicionales para los Agentes Inscriptos con cartera propia.
- Modificaciones en las operaciones con clientes de las ALyC que poseen Clave de Identificación (CDI) o Clave de Inversores del Exterior (CIE) y/o CUIT.
Por otro lado, la Resolución General N° 979/2023 de la CNV, en vigor desde el 6 de octubre de 2023, también presenta cambios temporales en plazos, límites y condiciones relacionadas con operaciones de valores negociables.
Estos cambios incluyen:
- Un aumento de 5 días en el plazo mínimo de tenencia de valores negociables emitidos bajo ley extranjera con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local/extranjera, junto con la obligación de los ALyC de presentar semanalmente una Declaración Jurada detallando todas las operaciones en mercados extranjeros, ya sea propias o por mandato.
- Restricciones para las carteras propias de ALyCs cuando actúan como clientes en mercados extranjeros por mandato de sus clientes, limitándolas a segmentos de concurrencia de ofertas regulados por entidades gubernamentales regulatorias.
- Un aumento a 30 días en el plazo para las transferencias de valores negociables entre entidades depositarias extranjeras, relacionadas con operaciones con liquidación en moneda extranjera.
Para visualizar dicho reglamento hacer clic.