RESOLUCION 68/2024 – SECRETARIA DE ENERGIA

HDSEditor02 | 28/06/24 | Newsletters, Sin categorizar

La Resolución 68/2024 de la Secretaría de Energía, en consonancia con la Ley N° 17.319 y sus modificaciones, introduce cambios significativos en la metodología de liquidación de regalías para la industria de hidrocarburos en Argentina.

El Poder Ejecutivo Nacional, en virtud de su facultad establecida por la Ley N° 17.319 y sus modificaciones, ha promulgado una serie de resoluciones y decretos que regulan la política nacional en relación con la industria de hidrocarburos. Recientemente, la Resolución N° 35/21 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, junto con el Decreto N° 540 de agosto de 2021, han introducido cambios significativos en la metodología de liquidación de regalías para este sector.

La mencionada resolución establece la necesidad de ajustar la liquidación de regalías para reflejar los cambios introducidos por los nuevos Bancos de Calidad y el Transporte No Físico de hidrocarburos líquidos por ductos. Estos cambios tienen como objetivo principal mejorar la eficiencia del sistema de transporte y garantizar una adecuada compensación para los cargadores.

Una de las principales modificaciones es la implementación de un sistema de compensación denominado Banco de Calidad, el cual ajusta en volumen los cargos por la desvalorización o valorización del hidrocarburo líquido en comparación con el producto inicial. Esto se aplica tanto en etapas de transporte con Banco de Calidad como en aquellas sin este régimen, abordando aspectos como la densidad API, la curva de destilación, el contenido de azufre y los marcadores internacionales.

En cuanto al Transporte No Físico de hidrocarburos líquidos por ductos, el Decreto N° 540 introduce una modalidad que complementa la metodología de compensación del Banco de Calidad, aumentando la eficiencia en todo el sistema de transporte y, por ende, impactando en la liquidación de las regalías.

Para dar cumplimiento a estas disposiciones, se ha modificado el procedimiento de liquidación de regalías establecido en la Resolución N° 435/04 de la Secretaría de Energía. Se han sustituido varios artículos y se han introducido nuevas fórmulas y procedimientos para calcular los ajustes de calidad y los fletes interjurisdiccionales.

Por ejemplo, se han establecido fórmulas específicas para calcular los ajustes de calidad sobre etapas de transporte, ya sea con o sin Banco de Calidad, teniendo en cuenta el precio promedio ponderado por volúmenes de venta de cada yacimiento. Además, se han definido procedimientos para casos en los que la producción se destina a ulteriores procesos de industrialización o cuando se realizan acuerdos de intercambio de hidrocarburos.

Es importante destacar que estos ajustes de calidad no contemplan cargos administrativos u operativos, pérdidas o tratamientos que no estén directamente relacionados con la calidad del producto.

Por último, se establece la obligación de los permisionarios y concesionarios responsables del pago de regalías de mantener actualizada la información sobre la producción y transporte de hidrocarburos, así como la necesidad de adecuar los sistemas de liquidación de regalías por parte de las Provincias Productoras y la Secretaría de Energía.

En resumen, estas actualizaciones normativas buscan mejorar la transparencia y eficiencia en la liquidación de regalías para la industria de hidrocarburos, adaptándose a los cambios introducidos por los nuevos sistemas de compensación y transporte.

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