HDSEditor02 | 12/11/24 | Newsletters
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La Resolución General N° 1016/2024 de la CNV establece un nuevo marco para las ofertas privadas de valores negociables, incluyendo puertos seguros para evitar clasificaciones irregulares, condiciones para ofertas dirigidas a empleados y restricciones para ofertas extraterritoriales. Las ofertas privadas pueden incluir hasta 35 inversores calificados y 15 no calificados sin publicidad masiva. Las ofertas para empleados están restringidas a seis meses para reventa, y las ofertas extraterritoriales solo pueden ser dirigidas a no residentes sin publicidad hacia residentes.
La Resolución General N° 1016/2024 de la Comisión Nacional de Valores (CNV), en vigor desde el 20 de septiembre de 2024, establece un nuevo marco para las ofertas privadas de valores negociables, en línea con el artículo 82 de la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831. La normativa incluye parámetros para los puertos seguros, ofertas dirigidas a empleados y condiciones para ofertas extraterritoriales, considerando las propuestas recibidas en un proceso de elaboración participativa.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) implementará un régimen de puerto seguro, siempre que se cumplan los requisitos establecidos, lo que evitará que las ofertas sean clasificadas como públicas e irregulares. El incumplimiento de estas condiciones puede acarrear sanciones.
En cuanto a las condiciones para las ofertas privadas, se permite la participación de cualquier persona, ya sea residente o no, así como de aquellos que cuenten con autorización del emisor. No hay un límite en la cantidad de entidades financieras que pueden participar, mientras que se permite hasta 35 inversores calificados y 15 no calificados. Sin embargo, se establece que no se pueden ofrecer valores negociables que ya estén autorizados para oferta pública. En términos de difusión, se prohíben las comunicaciones masivas y la publicidad dirigida a residentes, aunque se permiten reuniones con un máximo de 35 inversores.
En lo que respecta a las ofertas privadas para empleados, estas pueden ser realizadas por empresas y dirigidas a sus empleados y directores. Incluyen opciones de compra y otros tipos de valores, aunque la reventa de estos está prohibida durante un período de seis meses, salvo ciertas excepciones.
Finalmente, la oferta extraterritorial está restringida a no residentes y no se permite publicidad en medios destinados a residentes. Sin embargo, se permiten ciertos eventos educativos y comunicaciones internas dentro de las empresas.
Para leer el reglamento hacer click.